CiudadPolicialesSocialesCondenan a una abogada de Anses Venado Tuerto que cobraba para gestionar jubilaciones

Juan Miserere09/09/2019
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En la jornada de hoy, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Rosario condenó a 2 años de ejecución condicional la abogada Nancy Estela Fontana, quien prestaba funciones en Anses Venado Tuerto e incompatiblemente realizaba trámites sobre beneficios jubilatorios cobrando honorarios a quienes los terminaban recibiendo. Si bien la Fiscalía valoró haber llegado a esta instancia y que la profesional haya resultado condenada, la pena solicitada había sido más importante: cinco años de prisión e inhabilitación especial perpetua. La profesional prestaba funciones dentro del organismo nacional y fue denunciada por la entonces jefa de la UDAI, Paola Bravo, en una causa que se inició en 2016 y tuvo su desenlace en la jornada de hoy. Fontana ya había recibido una sentencia administrativa de inhabilitación para ejercer cargos públicos, aunque en el lapso transcurrido hasta la condena se jubiló.

El pasado lunes 2 de septiembre se dio inicio a la audiencia de debate en el marco de la causa “Fontana, Nancy Estela sobre concusión” ante el mencionado tribunal, integrado por los doctores Ricardo Moisés Vásquez (presidente), Otmar Paulucci y Germán Sutter Snaider, por el Ministerio Publicó Fiscal intervino el Dr. Oscar Fernando Arrigo, concluyendo ese mismo día la etapa probatoria. En tanto, en el día de la fecha el fiscal acusó a Nancy Estela Fontana como autora penalmente responsable de los delitos previstos y penados por los artículos 265  en concurso ideal con el art. 268  del C.P. (tres hechos en concurso real), art. 555 del C.P. y solicitó se la condene a la pena de 5 años de prisión e inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas.

Para Arrigo “quedó plenamente probado con la prueba producida en la audiencia, esto es con las distintas testimoniales y los legajos administrativos que fueron incorporados por lectura,  que la señora Fontana cometió el hecho por el que venía acusada”. El fiscal valoró las testimoniales prestadas por la ex jefa de la UDAI Venado Tuerto, Paola Bravo, que fue quien comenzó con la investigación. En su declaración, la ahora diputada electa describió cómo en la oficina de la Anses que correspondía a Fontana “había dos puertas y por una de ellas la imputada atendía a personas particulares, cuando no correspondía que la directora de Legales reciba a personas”. Inclusive Bravo contó que tomó conocimiento de que la acusada cobraba por esos trámites porque una de las víctimas fue su propia madre, antes de que ella ocupara el cargo dentro de la dependencia.

También el fiscal se basó para formular su acusación en los dichos por cuatro jubilados que reconocieron que su trámite lo realizaron a través de la abogada Fontana y que para esto, ella los asesoraba en las propias oficinas de Anses o en su casa particular, y que luego les exigía el pago de dos o tres haberes por los trámites realizados. Por otro lado, también declaró una gestora que trabajaba cotidianamente en la repartición y que veía cómo la imputada atendía en su oficina a personas particulares, siendo público y notorio que si los trámites los hacía Fontana salían en tres meses, cuando normalmente tardaban un mínimo de seis meses.

Posteriormente, Arrigo señaló de manera clara cómo las pruebas colectadas en el debate encuadraban en los tipos penales por los cuales formulo acusación. Y expresó que conforme las pautas de los artículos 40 y 41, tuvo en cuenta para el pedido de pena de la abogada, la naturaleza de la acción, el desenfado de “atender a los clientes en la propia oficina pública utilizando sus instalaciones y empleados, el nivel de educación que tiene, ya que se trata de una profesional de la abogacía, y la falta de dificultad para ganarse el sustento”.

En definitiva, el Tribunal resolvió condenar a Fontana a la pena de 2 años de ejecución condicional y le impuso las pautas del artículo 27 bis del Código Penal.

“Para el Ministerio Público Fiscal es relevante que se lleven a cabo este tipo de audiencias que tratan de delitos contra la administración pública”, señaló el fiscal Arrigo, dado que si bien la pena impuesta por el Tribunal fue menor a la solicitada, “es importante lograr condenas en casos como los presentes que son de interés público”.

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