PoliticaFallo judicial dio por culminado conflicto por tarifa eléctrica

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Finalmente a media mañana de hoy la jueza de Primera instancia Civil y Comercial 1ra Nominación Venado Tuerto, María Celeste Rosso, presentó a las partes el fallo que determina cumplida la realización de la audiencia pública, la finalización de la causa por el aumento eléctrico. Cabe recordar que dicha causa se inició con la medida cautelar, presentada por la asociación Unión de Consumidores Unidos (UCU) e  impulsada a la vez por el Concejo y el Ejecutivo, que la magistrada dio lugar el 23 de abril último.

De esta manera este fallo habilita a la Cooperativa Eléctrica (CEVT) a realizar el postergado incremento de tarifa, pero en otro punto aclara que “quienes hubieren abonado sus facturas con anterioridad a la suspensión dada por la Resolución de medida cautelar del 23 de abril de 2018 podrán reclamar de la CEVT se les reintegre como crédito el referido aumento atento los fundamentos expuestos en el presente fallo”.

Así en primera instancia el fallo desestimaría por otra parte la posibilidad reclamada por la entidad de que el aumento se otorgue de manera retroactiva a febrero del 2018 (fecha en la que se decretó).

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Conformidad de UCU

Al respecto el titular de UCU en Venado Tuerto, José María Conzoli, se manifestó conforme con la resolución de Rosso, y explicó: “En el fallo se declara abstracta la cuestión de fondo, con motivo de la audiencia pública celebrada post medida cautelar”. Y recordó el inicio del tema: “Nosotros consideramos que el aumento que se había dado en el primer cuatrimestre no había cumplido con el requisito de la audiencia que dispone la ordenanza respectiva y por eso se dictó esa medida cautelar que ya cumplió los 90 días y por supuesto cumplida esa audiencia pública la medida devino en abstracta”.

A la vez Conzoli aclaró que la CEVT podrá instaurar el aumento a partir de la fecha de realizada la audiencia e insiste: “Acá en esta demanda no se discute el tema del retroactivo, lo único que se debatía era si el aumento era válido o no lo era. Por eso desde nuestra asociación entendíamos que no por la falta de audiencia pública y por eso después acudimos a la justicia. Luego que cumplieron con el requisito marcado en ordenanza y la decisión judicial respectiva pueden realizar el aumento”.

Y siguió: “Ese es el objeto y  el eje público del debate, hay que entender que el mecanismo de la audiencia pública es el peaje que hay que pagar para después seguir”.

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En ese sentido contó: “Cuando hoy me cruce con el presidente de la Cooperativa, ellos están  puntualizando el tema de la retroactividad. Y  yo cuando habló de esas cuestiones sostengo que la audiencia pública la podrían haber celebrado o pedido su celebración el 25 de abril, día después de la cautelar”. Para posteriormente, criticar la actitud eléctrica destacando: “Entonces a veces nos tenemos que hacer cargo de lo que nosotros gestionamos y de la estrategia que usamos. No hay que olvidarse lo que hizo la Cooperativa pos conocimiento del fallo, salieron con los tapones de punta hacia la justicia hacia nosotros, deberían hacer mea culpa. Ellos perdieron mucho tiempo hasta pasaron 90 días de la audiencia cautelar”.

Por otro lado, repasando las consideraciones del fallo, destacó que uno de los puntos fundamentales es que la CEVT “tiene que devolver el dinero de aquellos usuarios que han pagado previo a la medida cautelar que tiene fecha del 24 de abril. Recordemos que hay gente que ha pagado necesariamente a esa gente se le debe acreditar el monto que han pagado de más”.

En otro orden, rescató: “Naturalmente después de este fallo hay un cambio de paradigma del servicio eléctrico que en la ciudad es monopólico, acá no se discute la calidad del servicio sino la necesidad del control del poder concedente”. Al respecto aplaudió que los actores se hayan vuelto a sentar a discutir un nuevo contrato de concesión y pidió a los concejales e integrantes del Ejecutivo que se nutran de asesoramiento técnico.

Nuevo aumento

Consultado el titular de UCU sobre el nuevo incremento de tarifa que se viene anunciado desde el gobierno nacional y trasladado por la Empresa Provincial de Energía y la necesidad de realizar una nueva audiencia, respondió: “La tendrán que hacer, ahora hay una discusión si la tienen que hacer o no, ellos sostienen que cuando se trata de un traslado no es necesario”.

Y cerró diciendo: “La ordenanza nada dice sobre los casos particulares, tal vez si se consideran desde el poder concedente que en los aumentos que son traslado no es necesario la audiencia van a tener que cambiar la ordenanza”.

Fallo completo acá:  FALLO UCU C- COOP ELECTRICA

 

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