CiudadUn fallo de la Corte Suprema promete reflotar el debate por el descanso dominical en Venado Tuerto

Juan Miserere23/05/2021
Compartir esta noticia
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter

La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló en un reciente fallo una ordenanza de la ciudad cordobesa de Arroyito que prohíbe a los supermercados abrir todos los domingos del año. Esta modificación del marco jurídico promete reflotar el debate en torno al tema en la ciudad de Venado Tuerto, que fue pionera con la implementación del descanso dominical en 2013, pero que se tuvo que dejar de aplicar por disposiciones judiciales motivadas en diversas presentaciones de cadenas de supermercados.

En Arroyito, ciudad de más de 20 mil habitantes ubicada en el noreste cordobés, se sancionó una ordenanza en 2014 bajo el título de “Descanso dominical del trabajador”, prohibiendo a los supermercados abrir los domingos. En respuesta, un comerciante local de origen chino interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la Municipalidad y llegó a obtener un fallo favorable en el Tribunal Superior de Justicia de la provincia.

El argumento fue que la Municipalidad no tiene competencia para restringir sus derechos de ejercer el comercio, contemplado en la Constitución y en leyes de alcance federal. Y los jueces le dieron la razón hasta la última instancia provincial. Sin embargo, el Municipio apeló la decisión al considerar que solo busca “proteger a pequeños y medianos comerciantes y a los trabajadores en relación de dependencia”, y el caso terminó llegando a la Corte Suprema de la Nación.

Tras convocar a una audiencia entre las partes, el máximo tribunal emitió un nuevo fallo y avaló la ordenanza con los votos a favor de Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, quien presentó un voto concurrente y parcialmente coincidente con los otros dos jueces.

Ellos entendieron que los municipios son “independientes” de todo otro poder en el ejercicio de sus atribuciones, conforme a la Constitución y las leyes que en su consecuencia se dicten, y en particular, tras la reforma de 1987 de la Constitución de Córdoba. Esa reforma reconoce a los municipios facultades propias de legislar en las materias que define y que le son exclusivas ‘en la búsqueda de un municipio ampliamente participativo y eficaz’.

Otra mirada tuvieron Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco. El presidente de la Corte y la jueza expusieron en su voto negativo (por la minoría) que “si bien no se desconocen las facultades que el Municipio tiene en ejercicio del poder de policía, como es la fijación de los horarios de apertura y cierre, el ejercicio de dichas facultades, sin embargo no puede desnaturalizar los aspectos del contrato de trabajo regulados por el derecho común, como lo es el relativo al descanso dominical”.

El proceso venadense

La concejala de Nuevo Horizonte, Liliana Rostom, celebró este fallo de la Corte y anticipó que estará trabajando en el ámbito legislativo para reflotar el descanso dominical en Venado Tuerto, que pasó por diferentes etapas entre 2013 y 2017, hasta ser desestimado por un fallo de la Corte Suprema de Santa Fe.

Pero la historia se remonta más tiempo atrás. En octubre de 2009, a través de la Banca Ciudadana, el Centro Comercial e Industrial de Venado Tuerto presentó un proyecto a través de su entonces presidente Sergio Druetta para que las grandes cadenas de supermercados cierren los domingos en la ciudad, con el objetivo de favorecer a los pequeños comercios.

Tras un extenso debate que incluyó el contacto con los trabajadores (donde no había postura uniforme pero sí una mayoría que prefería el descanso) y las propias autoridades de supermercados, el Concejo terminó sancionando en 2013 la ordenanza 4312 a través de la cual “los supermercados e hipermercados de la ciudad cuya superficie comercial supere los 100 metros cuadrados sólo podrán permanecer abiertos de lunes a sábado, y los días domingos sólo hasta las 13 horas”.

Esta disposición debutó el 25 de agosto de aquel año: “Fue muy discutida por propietarios y gerentes de las cadenas multinacionales. Pero empleadas y empleados iban a poder destinar tiempo de valor a sus familias, con un merecido descanso. Y además la medida favorecía a los comercios menores, almacenes de barrios que se verían fortalecidos con ventas extra los domingos por la tarde”, indicó Rostom.

En noviembre del mismo año la ordenanza 4378 prorrogó la medida por otros 90 días, pero ya empezaban a aparecer algunas cadenas internacionales avisando que no tenían intención de dar cumplimiento (concretamente Carrefour) y al debate se sumó una importante movilización de trabajadores que pedían por la continuidad del descanso.

Finalmente, y a pesar que la firma francesa ya había empezado a desobedecer la ordenanza a través de un recurso de amparo, el Concejo decidió dejar firme la medida con una nueva normativa que entraba en vigencia “a partir del día 2 de enero de 2014”, donde los supermercados sólo podían trabajar los domingos hasta las 13.

Ley provincial

En el medio comenzó el debate a nivel provincial para la sanción de una ley de descanso dominical que alcance a todo el territorio santafesino, que finalmente se sancionó en noviembre de 2014, pero le daba a los municipios la facultad de adherirse a ella. Lo hicieron, entre otros, las ciudades de Avellaneda, Reconquista y Rosario.

Tan relevante era el tema en la agenda pública local que el Concejo sesionó el 24 de diciembre (sí, 24 de diciembre) de aquel año para adherirse a la mencionada ley 13.441, que iba a regir a partir de del 1º de febrero del año siguiente, con el cierre total de los supermercados durante los domingos.

El gobernador Antonio Bonfatti recién reglamentó la ley el 10 de marzo, por lo tanto el Municipio terminó haciendo lo propio con la ordenanza en la última semana de abril, y la normativa entró en vigencia en mayo de 2015.

Y así se mantuvo vigente hasta que un par de cadenas de la ciudad de Rosario decidieron judicializar la cuestión.

 

Fallo y ocaso

Tras la aplicación de la ley se trabó una dura batalla judicial que derivó en el fallo de la Sala III en lo Civil y Comercial, que avaló el pedido de inconstitucionalidad de la norma y dejó habilitado a Coto, Carrefour y Jumbo a que abran sus puertas los domingos en la ciudad de Rosario.

Tras las distintas instancias de apelación, en diciembre de 2017, luego de un empate en tres votos entre los vocales de la Corte Suprema Provincial, el juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe, Abraham Luis Vargas, fue elegido por sorteo y se expresó en contra la ley 13.441.

Entre otros fundamentos, el voto de la mayoría sostuvo que la regulación del régimen laboral durante feriados nacionales, la regulación de la jornada de trabajo y el descanso semanal constituyen materias expresamente delegadas al Congreso de la Nación.

En aquel momento trascendió que los grandes supermercados alcanzados por esa normativa analizaban interponer una millonaria demanda contra los municipios y la Provincia por lucro cesante por la caída de ventas durante los domingos en que se mantuvo vigente la ley.

Ese fue el fin del descanso dominical en la provincia. En Venado Tuerto, para evitar demandas contra el Municipio, el flamante Concejo que había asumido un par de semanas antes, terminó sesionando el 4 de enero de 2018 para suspender la adhesión a la ley provincial. Y desde entonces los supermercados tuvieron vía libre para abrir los domingos a jornada completa.

Ahora se abre una nueva instancia que va a derivar en un pronto debate porque Rostom ya lo anticipó: “El descanso dominical siempre fue una decisión de sentido común. Queremos familias unidas, queremos madres y padres que tengan tiempo de valor con sus hijos. Por eso considero que el reciente fallo de la Corte Suprema no ha hecho más que aplicar que el sentido común”.

https://www.venado24.com.ar/archivos24/uploads/2019/07/ESTEVEZ-BANNER-WEB-OKEY.gif