PoliticaLa Corte provincial rechazó el recurso de inconstitucionalidad impulsado por Rébora

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La Suprema Corte de Justicia de Santa Fe no hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa del presidente comunal de Melincué, Gabriel Rébora, en contra de la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto, del 28 de marzo de 2017, que ratificó el fallo del juez de primera instancia en lo Penal y Correccional Nº 2, Jorge Gastonjáuregui, “como autor penalmente responsable del delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, condenándole a pagar una multa de 10 mil pesos y la inhabilitación para ejercer el cargo de presidente comunal por el término de cinco meses”, rechazando el recurso de inconstitucionalidad planteado oportunamente.

El supremo tribunal coincidió en el análisis de los camaristas respecto a que “la responsabilidad penal del imputado obedecía a la omisión de disponer medidas necesarias para que el bar Escorpio fuera debida y efectivamente inspeccionado, luego de que fuera advertido por dos oficios judiciales”, emitidos por el entonces juez penal de Melincué, Leandro Martín, por la presunta infracción a la ley de profilaxis en el bar y hospedaje lindero.

En otro tramo de la resolución, los ministros de la Corte sostienen que “no hay fundamento válido para abrir una instancia excepcional como lo es la inconstitucionalidad”, rechazando la queja interpuesta por la defensa de Gabriel Rébora.

Lo que sigue

Cabe recordar que Rébora actualmente ejerce el cargo de presidente comunal de Melincué y había sido procesado en mayo de 2014 por incumplimiento de los deberes de funcionario público en el marco de una causa que se había iniciado en julio de 2012 por el prostíbulo “Escorpio”, que funcionaba en las afueras de la localidad y que, según el fiscal de aquel momento, Jorge Pozzi, no tendría que haber tenido la habilitación comunal. Rébora fue dos veces advertido por el juez penal Leandro Martín para que inspeccionara el local y viera si cumplía con el rubro de la habilitación.

Hoy, a días de las elecciones y siendo candidato por el Frente Justicialista, esta resolución de la Corte lo vuelve a poner en el ojo de la tormenta, si bien los tiempos judiciales lo habilitan, pues tras ser notificado de la resolución dispone de 10 días para realizar una nueva apelación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es decir que podrá ser reelecto, ya que la pena continuará en suspenso hasta que quede firme la sentencia. Pero también corre el peligro de que, al expedirse el alto tribunal y coincidir con sus antecesores, deba dejar por el término de cinco meses de ejercer el cargo.

Nota de Norma Migueles/ El Informe

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