CiudadJudiciales y PolicialesVenado Tuerto: intiman a dos entidades bancarias y advierten con multas diarias por incumplir órdenes judiciales

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Dos entidades bancarias fueron intimadas por la Justicia de Venado Tuerto a brindar información precisa y documentada a sus clientes, bajo apercibimiento de aplicar multas diarias en caso de incumplimiento. Las presentaciones judiciales fueron impulsadas por la ONG Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) Venado Tuerto, en defensa de los derechos de los usuarios afectados.

En ambos expedientes, el Juzgado de Primera Instancia de Circuito local, a cargo del juez Martín Chasco, resolvió imponer astreintes de 0,5 unidades Jus -equivalentes a $64.247,18- por cada día de demora en cumplir con lo ordenado.

Uno de los casos corresponde a la demanda presentada por Alberto Luis K., quien solicitó información sobre un débito realizado el 4 de marzo de 2026 en su caja de ahorro. Según consta en la resolución judicial, la entidad bancaria no cumplió con el requerimiento de informar “en forma adecuada, veraz, cierta, clara, detallada, y con el respaldo documental correspondiente” el motivo de dicha operación.

De acuerdo a lo señalado en la causa, la entidad se limitó a mencionar la existencia de un expediente vinculado a un supuesto embargo, pero sin precisar el juzgado interviniente ni la carátula completa, lo que fue considerado insuficiente por el magistrado. Ante esta situación, se otorgó un plazo de tres días para subsanar la omisión, bajo apercibimiento de sanción económica diaria.

El segundo expediente fue iniciado por Carlos Ezequiel T., quien requirió explicaciones por su inclusión en situación “3” en la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina. En este caso, la entidad bancaria directamente no respondió al requerimiento judicial, lo que motivó una intimación en idénticos términos: tres días para cumplir con la orden o enfrentar multas progresivas.

Desde el ámbito legal se recordó que el derecho a la información de los usuarios está garantizado tanto por la Ley de Defensa del Consumidor como por el artículo 42 de la Constitución Nacional. En ese marco, remarcaron que no solo existe la obligación de responder a los clientes, sino también de acatar en tiempo y forma las órdenes judiciales.

Finalmente, no se descarta que, ante la persistencia de incumplimientos, se impulsen denuncias ante el Banco Central y otros organismos de control, además de eventuales reclamos por reparación integral de los daños ocasionados a los usuarios afectados.

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