CiudadPolicialesNueva condena contra un banco: debe indemnizar a una jubilada estafada

Compartir esta noticia
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter

El juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, Gabriel Carlini, ordenó a una entidad bancaria a resarcir a una jubilada de la ciudad que fue víctima de una transferencia de 500 dólares sin su consentimiento mientras se encontraba de viaje.

La presentación fue realizada por Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) a través del abogado José María Conzoli, quien representó a Lucía T., jubilada ex docente, quien deberá ser resarcida con la devolución del monto transferido desde su cuenta, más 3 millones de pesos por daño moral y el equivalente a cinco canastas básicas por daño punitivo, más intereses y costas a cargo del ICBC, que fue la entidad demandada.

La víctima detectó una transferencia realizada sin su consentimiento por el monto de 500 dólares el pasado 23 de abril de 2024, mientras se encontraba en pleno vuelo hacia la ciudad de Estambul (Turquía).

La mujer llegó a destino y al final de la jornada revisó la aplicación de ICBC para saber el monto que le habían imputado, y se dio cuenta que le habían sustraído en “concepto de transferencia por un alquiler” la suma de 500 dólares.

De inmediato llamó al teléfono del banco e informó de la estafa, el operador que tomó su denuncia le indicó que apenas arribara a la Argentina hiciera la denuncia policial. Si bien la entidad le informó vía mail que el caso se resolvería el 10 de julio, finalmente no dio respuesta a su reclamo, motivo por el cual inició la demanda a través de UCU.

El planteo contra el ICBC fue para que se declare la nulidad o inexistencia de las transferencias realizadas sin consentimiento y una condena accesoria de restitución, más intereses compensatorios y punitorios, indemnización por daño moral y daño punitivo.

El ICBC niega responsabilidad aduciendo que la cliente jubilada había otorgado claves personales, hecho este que no pudo probar, por lo que prosperó el reclamo judicial y se conoció el fallo condenatorio. Se trata de un nuevo precedente judicial en favor de una consumidora hipervulnerable. Ante la falta de inversión en las plataformas digitales de los bancos, existe mayor riesgo y en consecuencia la condena por los daños causados a sus clientes”, remarcó Conzoli

https://www.venado24.com.ar/archivos24/uploads/2019/07/ESTEVEZ-BANNER-WEB-OKEY.gif