En un contundente fallo que contrasta con la decisión tomada en la sede penal, el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Melincué a cargo de Alejandro H. Lanata, anuló las donaciones que María Elisabeth Sidonie Seret realizó en 2014 a sus familiares Luis G. H. y María E. H.
La sentencia, dictada el 4 de julio de 2025 (recién notificaron a las partes ayer) sostiene que la mujer (una reconocida docente y propietaria rural de Venado Tuerto, que también tuvo su paso por la política acompañando a Elisa Carrió) fue engañada, presionada y manipulada cuando se encontraba en una situación de extrema vulnerabilidad física, cognitiva y afectiva.
Según el fallo, Seret, que tenía 77 años, estaba postrada tras un coma diabético y un accidente cerebrovascular cuando los nombrados familiares la convencieron de firmar escrituras que transferían la propiedad de dos campos: “La Sidonie”, en las afueras de Venado Tuerto (34 hectáreas), y “La Mary”, en San Eduardo (152 hectáreas con tambo). Las pruebas —que incluyen testimonios de médicos, empleadas domésticas, exabogados y allegados— acreditaron que la mujer no comprendía lo que firmaba, fue aislada de su entorno, despojada de sus cuentas y abandonada a su suerte una vez realizada la operación.
El caso ya había tomado notoriedad cuando, en octubre de 2023, el juez penal Eduardo Bianchini declaró la “prescripción de la acción penal”, haciendo lugar a una excepción presentada por la defensa (a cargo de Arsenio Domínguez y del fallecido Carlos Martín) en la audiencia preliminar al juicio oral. Aunque no cuestionó los hechos denunciados ni las pruebas reunidas (que incluían imputaciones por estafa, falsedad ideológica, administración fraudulenta y circunvención de incapaces), el magistrado sostuvo que el proceso había violado el “plazo razonable” al estar paralizado durante años enteros.
La causa se inició en 2014 con la denuncia de la propia Elisabeth Seret, quien falleció en 2017. Durante casi una década pasaron ocho fiscales, con prolongados períodos de inactividad —en 2016 y 2019 no hubo ninguna medida procesal— y sólo en 2023, luego que la tomará el fiscal Matías Merlo, fue elevada formalmente la acusación a juicio. Pese a la solidez probatoria, la impunidad se consolidó por la inercia judicial, lo que provocó un fuerte rechazo de la querella en manos de la abogada Graciela Ditieri y del fiscal Damián Casullo (reemplazó a Merlo, que había sumido como Fiscal Regional).
Lo cierto es que entre los considerandos de este nuevo fallo, el juez destaca que testigos de la causa resaltan que Seret murió practicamente en la indigencia y fue enterrada como NN en una fosa común del cementerio municipal, pese a haber dejado instrucciones notariales de ser cremada y que sus cenizas descansen en su campo.
De este modo, la sentencia civil no sólo revierte los efectos de aquellas donaciones, sino que repara simbólicamente la desprotección en la que terminó sus días. “Fue víctima de una maniobra que combinó presión psicológica, abandono, engaño y aprovechamiento de su estado de salud”, sostiene el fallo. La Justicia valoró especialmente los testimonios de su entorno más cercano, que detallaron cómo sus familiares la encerraban, le retenían el teléfono y el acceso al dinero, y cómo Seret recuperó algo de lucidez meses después, denunciando llorando que no sabía qué había firmado.
Asimismo, en las 130 páginas de la sentencia, se repasan con detalle las pruebas recolectadas. La cuidadora y heredera testamentaria Nanci Escribano declaró que, tras firmar las escrituras, Seret fue dejada sin atención médica, sin dinero y sin contacto con sus allegados, y agregó que la escribana interviniente reconoció no haber requerido certificado médico que avalara la capacidad legal de la donante. Varios testigos (incluidos médicos y exabogado) señalaron que Seret estaba debilitada, incoherente y emocionalmente alterada.
Además, el juez Lanata encuadró jurídicamente el caso bajo el Código Civil de Vélez Sarsfield, vigente al momento de los hechos, y lo resolvió por “vicio en el consentimiento”, es decir, la nulidad de los actos por falta de discernimiento, según los artículos 897 y 900 del viejo código. De forma subsidiaria, también fundamentó la nulidad en la “ingratitud” de los donatarios, conforme el artículo 1558.
La causa fue impulsada en sus inicios por los abogados Bernardo Assandri y Aurelio Cuello Murúa (actual juez federal) en lo penal, y continuada por la abogada Graciela Ditieri en ambos fueros en representación de Nanci Noemí Escribano, cuidadora y única heredera testamentaria de Seret. Fue ella quien, tras el fallecimiento de la mujer en junio de 2017, siguió adelante con la demanda de nulidad de las donaciones, logrando ahora una resolución judicial de primera instancia.
Resta saber si la defensa de los demandados apelará, lo que podría definir el destino final de la millonaria herencia de María Elisabeth Sidonie Seret.
Las propiedades en disputa
Cabe destacar que las dos propiedades en disputas son: el campo denominado “La Sidonie”, ubicado en el distrito Venado Tuerto cercano al actual Hospital Gutiérrez, con una superficie total de un poco más de 34 hectáreas, con todo lo edificado, clavado, plantado, alambrado y demás adherido al suelo y mobiliario en ella incluido. Y otra propiedad agropecuaria, con tambo incluido, ubicada situado en distrito San Eduardo con una superficie total de 152 hectáreas.
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