CiudadSocialesLa Fiscalía Federal de Venado Tuerto rechazó un amparo contra la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Juan Miserere12/03/2021
Compartir esta noticia
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter

El titular de la Fiscalía Federal de Venado Tuerto, Javier Arzubi Calvo, dictaminó la improcedencia de un recurso de amparo presentado por un ciudadano ante el Juzgado Federal de nuestra ciudad contra la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. El fiscal indicó que, en razón de su naturaleza, la acción intentada no puede prosperar porque el amparista no cuenta con un caso real y concreto, sino con uno eventual e hipotético, y expresó una mera disconformidad con una ley sancionada por el Congreso Nacional.

El presentante, patrocinado por un abogado del fuero local, planteaba su legitimidad para interponer la acción basado en la supuesta afectación de sus derechos -como hombre- a opinar y decidir sobre el eventual aborto de un/a hijo/a suyo/a. Por otra parte, también, indicó que se veía afectado como ciudadano en el aspecto económico, dado que sus impuestos serían utilizados para costear los procedimientos en tanto la ley contempla la gratuidad de las intervenciones.

La demanda se encontraba dirigida en un principio contra el Ministerio de Educación, el Estado Nacional y/o el Poder Ejecutivo Nacional; luego el hombre desistió respecto del ministerio mencionado.

Al corrérsele vista de la presentación, Arzubi Calvo consideró –tomando como base la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para este tipo de remedios procesales- improcedente la presentación. En primer lugar, porque el amparista no cuenta con un caso concreto que lesione o restinga sus derechos en forma actual o inminente y además porque la totalidad del recurso se traduce en una mera disconformidad con una ley sancionada por el Congreso. Señaló que el amparo no es la vía correcta para ese tipo de cuestionamientos.

Expresiones discriminatorias

En otro apartado, ante la existencia de diversas expresiones que pueden entenderse como discriminatorias, ofensivas o agresivas, el fiscal federal indicó: “No puedo dejar de referirme a las expresiones que surgen del escrito presentado ante estos estrados y que es materia de la presente vista, en cuanto señala ‘que para concebir necesita padre, como hombre y madre, como mujer acá sólo sindica de mujeres –y el invento político del nuevo orden mundial- personas con identidades de género’”.

El escrito presentado sostiene además que “sólo una mujer se sienta como se sienta, se vista como se vista, puede concebir; y sólo un hombre o su semen la puede hacer concebir”.

Arzubi Calvo expuso: “Lo que M. denomina ‘invento político del nuevo orden mundial’, se trata en realidad de la ley N°26.743, sancionada y promulgada en el año 2012, es decir hace casi 9 años y llamada ‘Ley de Identidad de Género’ y esas manifestaciones se traducen nuevamente en una mera disconformidad de la parte para con las distintas leyes sancionadas”.

Ante expresiones que consideró discriminatorias, el fiscal anunció que pondrá a disposición del Colegio de Abogados local “distintas y múltiples herramientas con que cuenta la Procuración General de la Nación para las capacitaciones en género y violencia de género” para los profesionales que lo integran.

El fiscal agregó: “La simple lectura de las restantes manifestaciones me eximen de mayores comentarios, sin perjuicio de señalar que el doctor S.R. letrado patrocinante –dado que el escrito fue presentado por él y posteriormente ratificado por M. debería verificar las expresiones ventiladas en su presentación, para evitar que éstas discriminen, ofendan o agredan a las personas o a los colectivos a las que se dirigen”.

Fuente: Fiscales.gob.ar

https://www.venado24.com.ar/archivos24/uploads/2019/07/ESTEVEZ-BANNER-WEB-OKEY.gif