CiudadGiro en la causa de la megaestafa inmobiliaria: anulan abreviado y habrá juicio oral

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Un giro inesperado tuvo ayer la causa de la megaestafa inmobiliaria, luego que la Cámara Penal de Rosario declaró nulo el jucio abreviado realizado en Venado Tuerto, mediante el cual habían sido condenados seis personas. Por lo tanto, ahora serán sometidos a un juicio oral.

Al respecto, cabe recordar que en abril último el  juez de Investigación Penal Preparatoria (IPP), Benjamín Révori había confirmado la sentencia convenida en procedimiento abreviado a: el abogado Antonio Di Benedetto, signado como el cabecilla de banda (seis años y seis meses de prisión efectiva, inhabilitación por cinco años para ejercer su profesión, el cumplimiento de una reparación de daño a las víctimas por una cifra de $3.500.000 y el pago de las costas judiciales con un valor $1.500.000); el gestor, Raúl Jaime (5 años de prisión efectiva y pago de reparación de daño); María de los Ángeles Sarría (4 años de prisión efectiva); Luis Restovich (4 años de prisión efectiva); Danisa Elisabet Pintos (4 años de prisión efectiva); y a el escribano de Armstrong, Ángel Emilio Moreale (3 años de prisión condicional, 6 años de inhabilitación profesional  y una cifra de reparación de daño).

Así las cosas, según anunció ayer La Capital de Rosario, el tribunal que revisó ese procedimiento dijo ahora que ya no es posible que el caso vuelva a juzgarse en un abreviado, lo que implica que los acusados deberán ir a un juicio oral.

Lo llamativo del tema, es que fue el propio Antonio Di Benedetto, quien en junio último decidió apelar el acuerdo. De hecho el propio fiscal de la causa Matías Merlo  aseguró en ese momento a Venado24 que se trataba de una estrategia “para dilatar su ingreso a prisión”, dando por descontado que la Cámara de Apelaciones rechazará el planteo.  Así nunca imaginó que  la apelación se le volvería en contra, porque los camaristas Daniel Acosta, Carina Luratti y Alfredo Ivaldi emitieron un fallo en el que consideraron que, por la dimensión del delito y la magnitud del daño provocado a las víctimas, el juicio abreviado no puede ser convalidado.

De todas manera,la buena noticia para Di Benedetto, es que mientras espera el juicio podrá enfrentar el proceso en libertad, ya que ayer se venció su prisión preventiva,  y al no estar condenado en ese lapso puede seguir ejerciendo su profesión.

Algunos de sus argumentos fueron lapidarios. Quizás el principal es que es necesario preservar los derechos de las víctimas que casi no son resarcidas. Los jueces también se enfocaron en un debate más jurídico sobre los alcances del juicio abreviado y sobre la magnitud de las penas atribuidas al abogado Di Benedetto y sus cómplices. Pero hubo un argumento que probablemente los apelantes jamás esperaron: si lo que reclaman los acusados es volver a discutir las pruebas reunidas para condenarlos, eso solo puede hacerse en un juicio oral y público, nunca en un nuevo juicio abreviado.

De esta manera, los jueces de la Cámara Penal sostuvieron que  sanciones les parecieron leves, a tal punto que el argumento central para no homologarlo fue la falta de correspondencia entre el perjuicio a las 62 víctimas en una de las mayores estafas inmobiliarias de la provincia y las penas con las que se cerró el juicio abreviado. Los camaristas fustigaron con argumentos muy críticos la base del acuerdo por incongruente y anularon el procedimiento abreviado.

Incluso uno de los camaristas recordó que el acuerdo entre la fiscalía y los acusados fue avalado tanto por la fiscal regional María Eugenia Irigarren como por el fiscal general de la provincia, Jorge Baclini.

El argumento central para no homologarlo fue la falta de correspondencia entre el perjuicio a las 62 víctimas en una de las mayores estafas inmobiliarias de la provincia y las penas con las que se cerró el juicio abreviado

La camarista Lurati se enfocó también en el hecho de que la defensa de los condenados había comparado el juicio abreviado a estos estafadores con el mismo procedimiento al que accedieron en su momento los integrantes del clan Cantero en Rosario. Pero ella argumentó que los jueces penales no tienen que enfocarse solo en los casos de violencia armada sino también en delitos como los juzgados en este caso, en los que muchas personas vieron desaparecer sus bienes producto de haber sido estafados por una organización creada para ello. “La obligación ante la sociedad es dar cuenta de que esto es tan grave como la violencia física”, fue, palabras más o menos, el argumento de la magistrada.

Por esa razón la Cámara anuló el juicio abreviado y abrió paso así a una instancia probablemente inesperada por los condenados: el de un nuevo juicio, que en este caso tendrá que ser oral y público.

El caso

La historia comenzó en agosto del 2017, cuando el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe denunció que detectó en el Registro General de la Propiedad una serie de operaciones inmobiliarias concretadas con documentos apócrifos con el presunto objetivo de quedarse con campos y propiedades ubicadas en: Venado Tuerto, San Eduardo, Maggiolo.

De hecho, fue el entonces subsecretario de Asuntos Registrales, Matías Figueroa Escauriza, quien presentó personalmente las denuncias respectivas ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA).

Así la investigación quedó en manos del entonces fiscal (hoy camarista) Juan Pablo Lavini Rosset (luego fue tomada por Matías Merlo) y un par de meses después sumó su primer sorprendente capítulo, cuando un humilde vecino venadense (ver su casa particular en foto) Luis Celio Restovich ofreció  a la Justicia restituir tres campos para intentar zafar de la prisión.

 

Restovich en abril de 2016 había concretado la compra fraudulenta de tres campos que sumaban 460 hectáreas, valuados en ese momento en 130 millones de pesos, que pertenecían Luis Néstor Ferrari, fallecido en 2003. Éste último no tenía herederos directos, ya que su esposa había muerto un año antes y además no tenía hijos. Así, la complicada sucesión provocó una importante disputa entre los hermanos y sobrinos del propietario.

Por supuesto,pronto se dilucidó que Restovich (hoy condenado a 4 años de prisión) era en realidad el prestanombre de una organización ilícita integrada entre otros por abogados y escribanos de la zona. Posteriormente, la investigación comprobó que el cabecilla de dicha banda era el reconocido abogado penalista venadense, Antonio Di Benedetto.

Posteriormente, se comprobaron decenas de maniobras realizadas por una estructura cuyos integrantes cumplían distintos roles y tareas para apropiarse de manera ilegal de casas y campos de personas ya fallecidas o de avanzada edad que por su indefensión o vulnerabilidad no podía reclamar. Todo esto quedó asentado en escuchas telefónicas, donde consta que esta práctica se desarrolló de manera sistemática durante años.

La banda según detalla la causa, se apropió de 32 propiedades que suman una valuación cercana a los 1.000 millones de pesos.

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