El exjefe del ANSES Villa Cañás, Walter Andrés M. fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el mismo período, luego de ser hallado responsable de un hecho de abuso sexual simple ocurrido en marzo de 2023 en las oficinas de la repartición pública de la vecina localida.
La sentencia fue dictada el lunes 28 de septiembre en la sala de audiencia de los Tribunales de Venado Tuerto por la jueza Andrea Cavallero, al frente del Tribunal Unipersonal que tuvo a su cargo el juicio oral. El exfuncionario fue considerado autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple.
Un aspecto destacado del proceso es que la acusación durante el juicio oral estuvo a cargo de la fiscal Luciana Del Grecco, quien intervino en representación del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y sostuvo tanto en su alegato de apertura como en el de clausura que la prueba reunida permitía acreditar la responsabilidad penal del acusado.
Sin embargo, la investigación había sido impulsada inicialmente por la fiscal Mayra Vuletic, quien estuvo al frente de las primeras actuaciones de la causa. Además, Vuletic estuvo presente en una de las audiencias desarrolladas durante el juicio, acompañando el proceso que finalmente desembocó en la acusación sostenida por Del Grecco.
El hecho
De acuerdo con la acusación que fue analizada durante el debate, el episodio ocurrió el 9 de marzo de 2023, en las oficinas de ANSES de Villa Cañás, fuera del horario habitual de atención al público.
Según se tuvo por acreditado en la sentencia, la víctima concurrió al organismo para realizar un trámite vinculado con una beca estudiantil para su hijo. El imputado, quien en ese momento era jefe de la oficina, había acordado previamente que la mujer se presentara en determinado horario.
La acusación sostuvo que, una vez que ambos quedaron solos en el lugar, Walter Andrés M. realizó actos de contenido sexual sin consentimiento y posteriormente la arrinconó contra una pared y la tocó por debajo de la ropa.
La jueza consideró acreditada la materialidad del hecho y la responsabilidad penal del acusado a partir del análisis conjunto de los testimonios recibidos durante el juicio y de la prueba documental incorporada al proceso. Entre los elementos considerados estuvieron las declaraciones de la víctima, distintos testigos y la extracción de conversaciones de WhatsApp mantenidas entre ambos.
Una relación vinculada a su función en ANSES
El acusado fue jefe de la oficina de ANSES de Villa Cañás durante 16 años, aunque al momento del juicio continuaba trabajando en el organismo como empleado.
Precisamente, la jueza tuvo en cuenta esa circunstancia al momento de establecer la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, considerando que la función que desempeñaba le había permitido encontrarse en la oficina fuera del horario de atención y recibir allí a la víctima.
De esta manera, la magistrada resolvió imponerle tres años de prisión de ejecución condicional, además de la inhabilitación especial para ejercer cargos públicos en los ámbitos nacional, provincial y municipal por el mismo período.
Al tratarse de una pena condicional, Walter Andrés M. no deberá cumplirla en prisión mientras respete las reglas de conducta fijadas judicialmente. Entre ellas se encuentran fijar domicilio y someterse al control de un patronato, mantener buena conducta, no cometer nuevos delitos y abstenerse del consumo de estupefacientes o del abuso de alcohol.
También se estableció una prohibición de acercamiento y contacto con la víctima, su núcleo familiar y los testigos que declararon durante el juicio, tanto personalmente como por terceros o cualquier medio de comunicación.
La sentencia también dispuso que, una vez que quede firme, se comunique la resolución a ANSES.
Walter Andrés M. llegó al juicio en libertad y la jueza resolvió mantener esa situación cautelar. El cómputo de la pena quedó diferido hasta que la sentencia adquiera firmeza.
Foto: Leguas







