CiudadPolicialesCondenado a prisión perpetua por femicidio de Patricia Zeballos y abuso sexual

Juan Miserere01/10/2019
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Esta mañana la Justicia condenó a prisión perpetua a José Luis Fuentes, de 49 años, por el femicidio de su entonces pareja Patricia Zeballos (38), ocurrido el pasado 17 de noviembre de 2016 en una vivienda ubicada en Laprida al 1100 de Venado Tuerto; y por el abuso sexual sobre una de las hijas de la mujer. El fallo determinó que el crimen fue doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género.

El Tribunal estuvo presidido por Leandro Martín e integrado por Eduardo Bianchini y Silvina Marinucci, que fallaron de manera unánime luego del juicio oral iniciado el pasado 15 de agosto, que tuvo un intervalo por el pedido de cambio de defensa por parte del acusado. La fiscal a cargo de la acusación fue Paula Borrello.

La muerte de Patricia Zeballos, madre de seis niños, se produjo en la madrugada de la fecha mencionada, a raíz de al menos tres heridas de arma blanca que recibió en un galpón lindero a la vivienda. La víctima fue hallada sin vida en su lecho por la hija mayor cuando la fue a despertar por la mañana. Primero dio cuenta a los vecinos de la situación y éstos fueron los encargados de llamar a los servicios de emergencia y a la policía.

Entonces el condenado se movió hacia una pieza/galpón ubicada en el patio de la vivienda y luego de encerrarse con un candado intentó quitarse la vida asentándose una puñalada en su vientre. En ese lugar fue encontrado por la policía que tuvo que forzar el candado para luego llamar al Servicio 107 para que lo traslade al Hospital.

Las pruebas

El Tribunal acreditó la existencia de episodios previos de violencia de parte de Fuentes hacia la víctima a partir de testimonios de operadores municipales, provinciales, vecinos y la propia jueza de Familia, dado que existían varias denuncias previas. Si bien es cierto que en la mayoría de los casos la propia Zeballos se retractaba y terminaba regresando al hogar, se entiende que era parte de su vulnerabilidad y para privilegiar el sostén económico de sus seis hijos, de los cuales cuatro también son hijos de Fuentes.

Del fallo se desprende que en la vivienda los episodios de violencia y maltratos eran permanentes, tanto hacia Patricia como los niños. La mayor de las hijas, que sufrió abusos que fueron comprobados por los testimonios y a través de la cámara Gesell, presenta además un retraso mental leve.

En la madrugada del femicidio, dos de las hijas observaron cómo Fuentes cargó al cuerpo de la madre y la depositó en la cama a su lado, ya fallecida. Entonces el asesino lavó la ropa para ocultar la escena y a la mañana despertó a la niña antes de ir a trabajar con total naturalidad. Cuando escuchó la llegada de la policía procedió a autoinfligirse una puñalada en el estómago, motivo por el cual estuvo unos días internados pero sobrevivió.

Estrategias de defensa

La defensa de Fuentes no cuestionó la materialidad del hecho ni la autoría por parte del acuasado, tanto del asesinato como de los abusos, sino que intentó demostrar que se trataba de una persona inimputable. No obstante, el acusado siempre expresó su inocencia e incluso responsabilizó a otro hombre por la autoría del hecho, aunque ningún elemento ni testimonio ubicó a esa persona en el lugar del hecho.

La defensa planteó que se trataba de un psicótico con celopatía, con alucinaciones y delirios persecutorios, y que en esas circunstancias no pudo comprender la criminalidad del acto. Incluso presentó un dictamen de un equipo de salud mental donde se determina que el asesino era un perseguido por los celos, pero los jueces interpretaron que eso de ninguna manera justifica matar a la mujer. Inclusive el fallo determina que el Código Penal protege a la mujer de un ataque por celos, que se inscribe en una de las formas de violencia de género.

Además los primeros estudios realizados por especialistas psicológicos, psiquiátros y forenses sobre el acusado no encontraron rasgos de alucinación ni delirios psicóticos, sino que estaba ubicado en tiempo y espacio.

La condena de prisión perpetua garantiza un cumplimiento efectivo de al menos 25 años antes de poder apelar a algún tipo de planteo para recuperar la libertad.

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