PoliticaLa magistrada que decidió retrotraer el aumento eléctrico aclaró que en su resolución “ponderó la situación económica de la Cooperativa”

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Luego que trascendiera la nota que la Cooperativa Eléctrica de Venado Tuerto (Cevt) elevó al Concejo Municipal indicando que como consecuencia de la resolución judicial que le ordenó retrotraer el último aumento podría ingresar en cesación de pagos, la magistrada actuante decidió aclarar algunos puntos. Así María Celeste Rosso, (jueza en Civil y Comercial de la Primera Nominación) entre otras cosas destacó que su decisión abarca solo a los usuarios menores y tampoco ordenó el no corte de los servicios a aquellos que no abonen las facturas. Y luego de resaltar que la cautelar por ahora tiene vigencia por tres meses subrayó “que ponderó la situación económica de la CEVT”.

De este modo la funcionaria judicial intento desligar su decisión a la alarma lanzada por la entidad eléctrica sobre su delicada situación financiera.

La resolución de la medida cautelar que dicte tenía que ver con el aumento únicamente. Esto significa que justamente ponderando la necesidad de que el servicio se brinde de manera universal y accesible para toda la ciudadanía no es que no deba abonarse el costo de la energía eléctrica. Lo que se ordenó es que se facture sin el aumento. De ninguna manera fue autorizado judicialmente que el no pago de la energía impida el corte de la misma”, manifestó Rosso desmintiendo parte de lo sostenido en la nota de la Cevt. Es que en dicha nota sostienen que la crisis que atraviesan tiene que ver con el sostenimiento de cuadros tarifarios del 2017 y  que a eso se suma el aumento de la morosidad que a la vez es consecuencia de la prohibición “por la orden judicial de los cortes”.

En ese sentido Rosso insistió: “Eso es importante para que quede claro que si el servicio se brinda como corresponde se tiene que abonar el mismo, no se resolvió autorizar el no pago de la luz, ni la prohibición del corte”.

También rescató que su decisión tuvo en cuenta el posible impacto económico para la Cevt y que por eso no prospero en su totalidad la demanda que realizó Usuarios y Consumidores Unidos (UCU), a instancia del Concejo y del Ejecutivo. “Se ponderó la realidad económico social de la cooperativa y esta medida solo afecta a la categoría de usuarios T1, se trató de  proteger a un sector de la sociedad al más vulnerable. Por lo tanto los usuarios mayores no están comprendidos y deben abonar sus facturas con el aumento”.

Por otra parte, recordó que su resolución tiene vigencia mientras no se realice la audiencia pública y que su valides es por tres meses. Y cerró explicando: “En este momento si bien la causa continua en este juzgado en cuanto a producción de pruebas sobre el fondo la medida cautelar se encuentra elevada a resolución de la alzada para revisión de la confirmación o no de lo que ya esta se interpuso como medida cautelar”.

 Acciones legales contra la Municipalidad

Mientras tanto ayer desde la Municipalidad local informaron que además de la nota enviada al Concejo la Cevt envió dos notificaciones a San Martín y Marconi. Por un lado un recurso de revocatoria administrativo y por el otro una presentación judicial contra dos ordenanzas: la que crea las audiencias públicas en la ciudad y la que convocó a la Comisión Redactora.

Entrevista a Celeste Rosso gentileza: FM 98.3 Radio Jota

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