ProvinciaLa Provincia autoriza a los bares hasta la medianoche y permite las competencias deportivas oficiales

Juan Miserere08/04/2021
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El gobierno de Santa Fe dio a conocer las nuevas medidas de prevención y contención sanitaria en el marco del decreto de necesidad y urgencia nacional, que comenzará a regir a partir desde las 0 horas del viernes y hasta el 30 de abril inclusive.

Esta medida establece para todo el territorio provincial, como acción preventiva ante el aumento de contagio, la suspensión momentánea de las siguientes actividades: reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para las personas convivientes y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

También se prohíben las actividades y reuniones en espacios públicos al aire libre de más de veinte personas, como así también la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre participantes.

Sí podrán continuar en este tiempo las competencias oficiales (por ejemplo el torneo de la Asociación Venadense de Básquet y competencias de vóley), las que podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias competentes.

Queda prohibido el funcionamiento de discotecas, salones de fiestas y actividades de salas de juego en casinos y bingos.

En tanto, la Provincia comunicó que se permiten con un coeficiente máximo de ocupación del 30 por ciento de las superficies cerradas, las siguientes actividades: eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos; cines, teatros, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines; locales gastronómicos y gimnasios.

En este caso, deberán ajustar sus horarios a los fines de posibilitar el cumplimiento de lo dispuesto en el decreto nacional, que establece el permiso de circulación vehicular en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales, entre las 0 y las 6 horas, todos los días de la semana.

Los bares

En el caso específico de los locales gastronómicos, que comprende a bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales, podrán permitir el ingreso de clientes hasta las 23 horas, a los fines de garantizar el desalojo y cierre a la medianoche.

Las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, otras medidas respecto de los horarios de circulación nocturna que las establecidas. Sin perjuicio de ello, las autoridades provinciales podrán disponerlas, como así también la suspensión temporaria de actividades habilitadas, cuando las condiciones epidemiológicas así lo exijan para localidades determinadas o para la totalidad del territorio provincial.

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