El Ministerio de Salud, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió la comercialización y ordenó el decomiso de los productos “Miel Pura de Abejas” marca “Las Tres Marías”, elaborado y envasado en Jesús María, Córdobay de la “Salsa Inglesa” marca “Tahití“, elaborado y envasado por Condimentos Argentinos SRL, del partido de San Martín, provincia de Buenos Aires.
En relación al primer producto, la medida rige en todo el territorio de la República Argentina, y se adoptó a raíz de que “el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que figuran en su rótulo, son falsos.
De acuerdo a lo informado, correspondería a la jurisdicción de la provincia de Misiones, pero la autoridad sanitaria de esa provincia informó que son falsos .
Sobre el segundo producto, al que se lo prohibió y ordenó decomisar solo en la provincia de Santa Fe, Samitier precisó que “en su rotulo figuraba que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) Nº 02-033999 y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) Nº 2064-C-2009, correspondería a la jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, conforme el dígito Nº 02 indicado en el RNE. Al respecto, la autoridad sanitaria correspondiente indicó, por medio de nota del 19/12/14, que el RNE se encuentra inscripto aunque carece de datos del RNPA Nº 2064-C-2009, motivo por el cuál el producto no cumple con la legislación alimentaria vigente”.
Por último, el funcionario de la Assal remarcó que “debido a las irregularidades constatadas en los dos productos, es decir la falta de datos válidos, no se garantiza la trazabilidad y seguridad del alimentos mencionados, lo que constituye un riesgo para la salud”.